29/ Junio/ 2020
-La violencia política en razón de género se convierte en delito
-Incluye sanciones como reducir 50% el financiamiento a partidos
La Presidenta de la Comisión de Igualdad en el Congreso del Estado Rosa Isela Gaytán Díaz, presentó en el periodo extraordinario, el dictamen de dicha comisión, el cual armoniza la Ley Electoral del Estado de Chihuahua en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, de acuerdo a las diversas reformas aprobadas recientemente el Congreso de la Unión, mismas que fueron publicadas en Diario Oficial de la Federación el pasado 13 de abril de 2020, como parte del compromiso con las mujeres chihuahuenses.
“Se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua entre las que destacan, que se establece como delito la violencia política contra las mujeres en razón de género, así como las sanciones, por ejemplo, según la gravedad de la falta, podrá sancionarse al partido político, con la reducción de hasta el 50% del financiamiento público que le corresponda; esta reducción no podrá aplicarse en el monto del financiamiento destinado para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres. Además, se adicionó a los requisitos para ocupar el cargo a una diputación, el no estar bajo condena por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género”, detalló.
Agregó que, como parte de la armonización legislativa, se contempla que sean los Tribunales Electorales los que tengan competencia para conocer de actos violatorios a derechos políticos y electorales, en los que se vean implicadas conductas propias de violencia política contra las mujeres en razón de género y se contempla alternar el género mayoritario, así como la presidencia del Tribunal Estatal Electoral.
“Se agrega como infracción a las personas en el servicio público, que realicen conductas como menoscabar, limitar o impedir el ejercicio de derechos políticos electorales de las mujeres o incurrir en actos u omisiones constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género. Por lo que respecta a los partidos políticos, se adiciona como infracción el incumplimiento de las obligaciones establecidas para prevenir, atender y erradicar la violencia de género contra las mujeres. En el caso de las personas aspirantes, precandidatas o candidatas a cargos de elección popular, se adiciona como infracción cometer violencia política contra las mujeres”, añadió.
En cuanto a la propaganda electoral, esta se deberá de abstener de expresiones que calumnien a las personas, discriminen, así como de plasmar y difundir cualquier mensaje cuyo contenido entrañe violencia política en contra las mujeres, en razón de género, por lo que en caso de realizar cualquiera de estas, se podrá ordenar que se retire y se ofrezca una disculpa pública por parte de la persona agresora. Lo mismo será para los casos en que se difundan mensajes con este contenido en tiempos de radio y televisión con cargo a las prerrogativas de la persona agresora.
“En el análisis de este dictamen, se tuvo la colaboración por parte de integrantes del Tribunal Estatal Electoral, del Poder Judicial del Estado, de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, del Consejo del Instituto Estatal Electoral, de diversos Consejos de Institutos Electorales de las Entidades Federativas, del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, el Instituto Municipal de las Mujeres, de la Red Mujeres en Plural, de las Asociaciones de Consejer@s AMCEE, RENACEDI, y Red Cívica y al Movimiento Estatal de Mujeres, que estuvieron colaborando en las reuniones, a la Secretaría Técnica de este Congreso del Estado, y a todo el equipo de asesores de las y los diputados que integran la Comisión de Igualdad, va mi agradecimiento, para todas y todos ellos”, finalizó Gaytán Díaz.