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Reforma Congreso la Ley Estatal de Educación a fin de fomentar el deporte y la cultura física en la educación básica

Chihuahua, Chih. 24 de septiembre 2020

Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó la Ley Estatal de Educación, con la finalidad de fomentar la práctica deportiva y la cultura física desde la educación básica, al ser el deporte un fenómeno social que influye en la calidad de vida de las personas.

La diputada Lourdes Valle Armendáriz, presidenta de la Comisión de Deporte, señaló que la práctica de actividad física y deportiva, está relacionada positivamente con la salud física y mental de las personas, por lo que es de suma importancia fortalecer e incentivar desde una edad temprana, el adquirir un estilo de vida saludable, fundamentalmente en el contexto del deporte escolar para que los menores desarrollen el gusto por el deporte y dejen de lado el sedentarismo.

Es por lo anterior que la reforma se realizó de la siguiente manera:

ARTÍCULO 62 BIS. La educación física promoverá, fomentará y difundirá la cultura física en todas sus manifestaciones, a favor de la formación integral y con calidad, de todos los escolares de la educación básica, para lo cual:

I. Estimulará la competencia motriz, la alfabetización física, el ejercicio físico y las disciplinas deportivas y de recreación en las instituciones de educación básica, así como su práctica recomendablemente:
a) En educación preescolar, 30 minutos diarios semanalmente; y
b) En educación primaria, secundaria y media superior, una hora diaria semanalmente.
II.   Procurará la salud y el bienestar físico de los educandos, a través de la construcción de estilos de vida saludables fundamentalmente activos;
III.   Promoverá actitudes responsables que propicien la recuperación del tejido social, a través del rechazo de las adicciones y se prevengan conductas delictivas;
IV.  Desarrollará la competencia motriz, estimulando la dimensión psicomotora de los educandos, conjuntamente con los dominios cognitivo y social – afectivo;
V.   Fomentará a través de la educación física, la alfabetización física de los escolares para desarrollar una verdadera cultura física para contribuir de manera importante a la reducción de enfermedades relacionadas con el síndrome metabólico como son: el sobrepeso y la obesidad, la hipertensión, la diabetes mellitus las enfermedades cardiacas, y algunas formas de cáncer y depresión, mediante la práctica adecuada de formas permanentes de actividad física para lograr una mejor calidad de vida de las personas y de la sociedad en lo general;
VI. Impulsará el desarrollo de una cultura por la paz, para la prevención  de la dignidad humana y de fraternidad con  las personas y con los pueblos, mediante programas que promuevan cooperación e intercambios regionales, nacionales e internacionales; y
VII. Las demás que establezcan esta ley, así como las leyes y disposiciones conducentes, en los términos autorizados por los planes y los programas de estudios aplicables.
Para finalizar, la Legisladora agregó que para el cumplimiento de lo determinado en la reforma, las instancias responsables se sujetarán a las previsiones presupuestarias en recursos humanos y financieros disponibles, exclusivamente.