Chihuahua, Chih.- 19/ 09/ 2023
Para las personas pacientes del sistema de salud pública.
Dentro de la Sesión Ordinaria del Congreso de Chihuahua, se exhortó al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que establezca en el Reglamento de Insumos para la Salud, la disposición de que los medicamentos prescritos a las personas pacientes del sistema de salud pública, sean surtidos en las farmacias de las unidades médicas en un lapso no mayor de 48 horas posteriores a su expedición.
La diputada Diana Ivette Pereda, al exponer el asunto emanado de la Comisión de Salud, refirió que el iniciador de la propuesta, diputado Omar Bazán, planteó la necesidad urgente de implementar acciones específicas y efectivas, en materia de entrega de medicamentos gratuitos y suficientes para las personas pacientes del sistema de salud pública, ya que en varias ocasiones no se ha hecho la entrega total de los medicamentos prescritos a las personas beneficiarias del servicio mencionado.
La protección de la salud constituye un derecho fundamental que el Estado está obligado a garantizar; y que está tutelado por diversos ordenamientos internacionales ratificados por el Estado Mexicano,
Asimismo, refirió que, el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Por último agregó que derivado de lo anterior, dentro de la Ley General de Salud está reconocido que la garantía del derecho a la salud, comprende la recepción de medicamentos básicos para el tratamiento de una enfermedad, como parte integrante del servicio básico de salud consistente en la atención médica, que en su actividad curativa significa el proporcionar un tratamiento oportuno a la persona enferma, lo que incluye, la aplicación de los medicamentos básicos correspondientes conforme al cuadro básico de insumos del sector salud, sin que obste la carencia de los mismos
Es por lo anterior que se hace el llamado urgente al Ejecutivo Federal para que se establezca en el Reglamento referido, que los medicamentos prescritos sean surtidos en un lapso no mayor a las 48 horas de su expedición.