13 de febrero de 2024. -Se busca que supervise el respeto y cumplimiento de los derechos humanos en las distintas Estancias Migratorias del Instituto Nacional de Migración.
El Congreso del Estado de Chihuahua planteó una iniciativa ante el Congreso de la Unión, en la cual pide adicionar una fracción XII Bis, al artículo 6 de la Ley la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, relativo a las atribuciones de dicho organismo autónomo.
La Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables en voz del diputado Ismael Mario Rodríguez, integrante de la misma, refirió sobre la necesidad de dotar de facultades expresas a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que mediante visitas en las instalaciones y entrevistas con autoridades y personas migrantes, supervise el respeto y cumplimiento de los derechos humanos en las distintas Estancias Migratorias del Instituto Nacional de Migración
Lo anterior, luego de que la diputada Georgina Zapata presentara una iniciativa en la que señala la omisión de las autoridades para garantizar y cumplir con los derechos humanos de las personas en contexto de migración, que derivaron en los trágicos hechos suscitados el pasado 27 de marzo en las instalaciones del Instituto Nacional de Migración en Ciudad Juárez, a pesar de que la Ley de Migración establece que el Estado Mexicano garantizará a toda persona extranjera el ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución, en los tratados y convenios internacionales de los cuales nuestro país sea parte, con independencia de su situación migratoria, constituye una problemática que como legisladores nos atañe atender.
Es por lo antes mencionado que, se propuso que se supervise el respeto a los derechos humanos en las estaciones migratorias o estancias provisionales del Instituto Nacional de Migración, lo cual se materializará a través de inspecciones y visitas que se realizarán como mínimo una vez por año.
El personal de la CNDH, podrá realizar entrevistas a las personas usuarias y empleadas de dichos centros como parte de la facultad de supervisión en cualquier tiempo y horario, incluso sin la autorización de la autoridad migratoria a juicio del órgano derecho humanista; así mismo, concentrará los hallazgos y remitirá anualmente tal información a la Cámara de Senadores en un dictamen diagnóstico sobre la situación de dichos centros.