25 de marzo de 2025. – En materia de fomento del cuidado y uso racional de los recursos naturales y a fin de establecer los derechos humanos a la salud y alimentación.
En Sesión Ordinaria de este 25 de marzo, el Congreso de Chihuahua emitió un par de declaratorias constitucionales, ello luego de que se cumpliera con el procedimiento establecido en el artículo 202 de la Constitución Política del Estado.
La declaratoria relativa al fomento del cuidado y uso racional de los recursos naturales, surgió tras el decreto de reforma para homologar el marco constitucional con la Ley Estatal de Educación a fin de crear el compromiso relativo al uso racional de los recursos y con ello lograr un desarrollo adecuado y sostenible, como base para las presentes y futuras generaciones, con la finalidad de que tengan conciencia sobre el cuidado del medio ambiente a través del uso racional de los recursos naturales.
En este sentido y dado a que, al tratarse de reformas a la Constitución Política en el caso referido, fueron 51 los ayuntamientos que aprobaron la adecuación al artículo 144, fracción II, inciso E), mismos que representan el 54.05% de la población total del Estado de acuerdo al censo del INEGI DEL 2020.
La educación ambiental, tiene como objetivo impartir conciencia ambiental, conocimiento ecológico, actitudes y valores hacia el medio ambiente para tomar un compromiso de acciones y responsabilidades.
Ahora bien, la otra declaratoria se hizo en relación a la reforma al artículo 4° de la Constitución Política del Estado, a fin de establecer que toda persona tiene derecho a la protección de la salud física y mental, y que la Ley en la materia, definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud estatales y establecerá la concurrencia con los municipios en materia de salubridad local.
Es decir que toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada, nutritiva, suficiente y de calidad, y la Ley en la materia establecerá la forma y términos en los que se garantizará dicho derecho.
En relación al punto antes mencionado, es que el Decreto por el que se hace la modificación al artículo 4º constitucional, recibió la aprobación de 53 Ayuntamientos, representando el 54.3% de la población del Estado, tomando como referencia el censo efectuado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el año 2020.
Por último, es importante mencionar que una vez aprobadas las declaratorias, éstas y el decreto relativo a cada una serán enviadas a la Titular del Ejecutivo Estatal para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
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