LOCAL

Pide Congreso garantizar el acceso de agua a habitantes de las comunidades rurales

Chihuahua, Chih. 17 de noviembre 2020

Se lograría a través de reformar el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El Poder Legislativo del Estado de Chihuahua envió iniciativa de decreto al Congreso de la Unión, con la finalidad de reformar el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de garantizar el derecho de acceso al agua a las personas que habitan en las comunidades rurales.

Asimismo, se exhortó al Ejecutivo Federal, para que por conducto de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), y demás instancias competentes, se dé cumplimiento con las disposiciones constitucionales de garantizar el libre uso y aprovechamiento del agua para salvaguardar el desarrollo y vida económica de las zonas rurales, en especial en el caso de los municipios de San Francisco de Conchos, Camargo, Meoqui, Delicias, Aldama, Ojinaga, y cualquier otro que se vea afectado por la decisión federal, en el entendido de que un derecho fundamental debe ser protegido.

Aunado a lo anterior, se exigió la búsqueda de medidas adecuadas, para salvaguardar el derecho fundamental de la libre disposición del agua a los municipios señalados, lo cual incluye no abrir las compuertas de la Presa La Boquilla, y cerrar las de las Presas Francisco I. Madero (Las Vírgenes) y la Luis L. León (Granero), a menos de que se haya garantizado previamente alguna alternativa viable y palpable, con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Así lo detalló el diputado Humberto Chávez Herrera, presidente de la Comisión del Agua, al exponer el dictamen ante el Pleno Legislativo que sesionó a través de acceso remoto.

Por lo que concierne a la iniciativa de Decreto enviada al Congreso de la Unión, refirió que con la propuesta de reforma constitucional al artículo 4º, toda persona tendrá derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Para ello, el Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Aunado a lo anterior, se garantizará este derecho, a todas las personas que habitan en las comunidades rurales, cuya principal actividad económica sea la del sector primario, y que requieran del uso del agua constante para su cultivo y mantenimiento.