LOCAL

Pide De la Rosa elevar sanciones a jueces que incumplen con el principio de relatividad y proporcionalidad

Chihuahua, Chih.-   11/ 10/ 2023

Ello ante el amparo contra Libros de Texto Gratuito a favor de un padre de familia, que afecta a más de 700 mil alumnos.

Chihuahua Chih, a 11 de octubre de 2023.- El diputado Gustavo De la Rosa Hickerson integrante del Grupo Parlamentario de Morena, ante el pleno del Congreso presentó una iniciativa con carácter de decreto para reformar los artículos 57 y 58 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, artículo 129 y 132 de la ley de amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la constitución política de la nación, a efecto de quedar redactados de la siguiente manera:
Que los servidores públicos observarán en su desempeño disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, relatividad, proporcionalidad y rendición de cuentas.
Quien incurra en abuso de funciones la persona servidora o servidor público que ejerza atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para generar un beneficio para sí o para las personas a las que se refiere el artículo 52 de la Ley o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público y cuando se genere un perjuicio al interés social o al orden público y que este perjuicio sea de difícil reparación.
Cuando en las faltas graves tengan como resultado el que no se haya ponderado el derecho de los afectados bajo un principio de relatividad, las consecuencias de lo anterior serán bajo estricta responsabilidad de la persona servidora o servidor público que lo causare.
Sobre la Ley de Amparo, pide el diputado Gustavo De la Rosa, cuando la medida provisional fuera otorgada, el órgano jurisdiccional deberá seguir en estricto apego a los principios de relatividad y proporcionalidad, lo anterior será bajo sopese y responsabilidad de el o la juzgadora la procedencia de la suspensión. Aunado a que cuando la medida provisional fuera otorgada, el órgano jurisdiccional deberá seguir en estricto apego a los principios de relatividad y proporcionalidad, será bajo estricta responsabilidad de el o la juzgadora la procedencia de la suspensión.
Según expuso el legislador, el 9 de octubre del mes de octubre pasado el juzgado tercero de distrito del décimo séptimo circuito equivalente al Estado de Chihuahua, otorgó la suspensión provisional para que la Secretaría de Educación Pública y Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito, no distribuya en Chihuahua los Libros de Texto Gratuito, hasta que haya garantizado la intervención de los gobiernos estatales y de los especialistas en la materia educativa y que se hayan ajustado a los criterios y planes orientados a combatir la ignorancia y sus efectos, el fanatismo, servidumbre y prejuicios.
Criticó el diputado juarense que esa suspensión otorgada por la jueza Jessica María Contreras Martínez omite sopesar las consecuencias en la sociedad de su decisión, ‘con un exceso de arrogancia, miopía social, un juez puede atreverse a suspender un proceso institucional que se está efectuando, que ya es un hecho consumado de gran trascendencia y que cause un impacto negativo a más de 700 mil niños para garantizar el derecho de un menor a que le entreguen libros’, dijo De la Rosa ante el Congreso.