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Se debe sancionar penalmente el daño intencional a la infraestructura vial

Día con día, somos testigos por diversos medios del deterioro de la infraestructura vial que se utiliza para complementar la prestación del sistema de transporte público en las ciudades.

Es por ello que este daño intencional debe ser sancionable, pues tiene evidentes consecuencias negativas, primero en la seguridad pública y por el excesivo gasto al erario en las reparaciones.

Además, los daños causados provocan interrupciones a la movilidad y el derecho de las personas a la movilidad.

Y es que, al afectarse la infraestructura vial, que son todas aquellas medidas, normas, políticas y acciones adoptadas para prevenir los siniestros de tránsito y reducir el riesgo de lesiones y muertes a causa de éstos, se pone en gran riesgo a los ciudadanos.

Las señales de tráfico y el mobiliario urbano, como los semáforos y las señales de cruce peatonal, son esenciales para guiar de manera segura a los usuarios de la vía, entonces la destrucción o alteración de señalizaciones puede llevar a la congestión del tráfico y retrasos en el sistema de transporte público.

Como lo dijimos anteriormente, los daños intencionales implican en costos de reparación; la reparación o reemplazo de señales de tráfico y mobiliario urbano dañados implica costos económicos significativos que recaen en el presupuesto público o en los operadores del sistema de transporte público. Estos costos pueden llevar a aumentos en impuestos o tarifas.

La propuesta persigue que, como se ha implementado en otras naciones, se generen sanciones legales, multas y cargos por vandalismo: las personas responsables pueden enfrentar consecuencias penales.

Las autoridades han cumplido hasta cierto punto en legislar en materia de transporte Publico ya que es un factor esencial para el desarrollo, el bienestar y a la vida productiva de la ciudadanía. Además de resultar necesario establecer constantemente acciones en materia movilidad, principalmente cuando el Estado ha ido en constante crecimiento y desarrollo económico.

Es por ello, que para poder preservar el transporte público en óptimas condiciones para que los usuarios puedan seguir trasladándose de manera segura, confiable, eficiente y cómoda resulta necesario reformar el Código Penal del Estado de Chihuahua, para garantizar que las vías de comunicación las cuales se definen como las vías de tránsito destinadas al uso público puedan cumplir su función para la cual fueron creadas.

Esto, para que las personas que hagan uso de las unidades destinadas a transportarlas tomen conciencia del cuidado que deben tener, y no cometan actos que dañen, alteren, modifiquen o destruyan los elementos que conforman el Sistema de Transporte Público Masivo, sancionado éstas acciones dentro de la legislación.

Desde el Congreso, he considerado imponer una sanción a quien de manera dolosa dañe los vehículos de motor destinados a la prestación del servicio del Sistema de Transporte Público, pues como se ha mencionado con anterioridad, los avances en materia de transporte se han realizado con la finalidad de que la ciudadanía pueda trasladarse sin dificultad en el Estado.

El daño a las señalizaciones y el mobiliario de infraestructura vial destinada al sistema de transporte público tiene un impacto negativo en la seguridad vial, la eficiencia del tráfico y la economía. Es importante mantener y respetar estas infraestructuras para garantizar la seguridad y el funcionamiento adecuado del sistema de transporte público.

En base a lo anteriormente expuesto, observo necesario reformar el Código Penal para se tipifique penamente los daños a la infraestructura vial destinada a la prestación del servicio del sistema de transporte público.